Indemnización por despido

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Aplicando la STJUE de 14 de septiembre, la empresa debe indemnizar con 20 días al trabajador temporal cuando finaliza su contrato

28 de octubre de 2016 Noticias Indemnización por despido

La Sala de lo Social del TSJ País Vasco ha aplicado la reciente sentencia del TJUE de 14 de septiembre de 2016 a un trabajador temporal de una empresa privada, reconociéndole el derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado a la finalización de su contrato por obra. Nueva sentencia sobre indemnización de trabajadores temporales: la empresa privada debe abonar 20 días en caso de fin de contrato

Primera sentencia que equipara la indemnización por cese de un trabajador temporal al despido objetivo de uno fijo

19 de octubre de 2016 Noticias Indemnización por despido

La Sala de lo Social del TSJ del País Vasco ha elevado de ocho a veinte días por año la indemnización concedida a una investigadora pese a que considera que su contrato, equivalente a un contrato para obra o servicio determinado, de más de tres años de duración, era de carácter temporal. Se da la circunstancia de que la actora no había solicitado dicha indemnización en su demanda.

A efectos del cálculo de la indemnización por despido debe computarse el tiempo de tramitación del recurso de suplicación que confirma la improcedencia del cese

Según el TS,  la indemnización por despido ha de calcularse computando como periodo de servicios el tiempo que media entre el inicio declarado de la relación laboral y la fecha de la sentencia que declaró la improcedencia del despido. Por tanto, la antigüedad computable para la indemnización por despido incluye desde el momento del cese al de la sentencia de instancia que decreta la improcedencia del despido, pero no comprende el periodo de tiempo posterior a la sentencia de instancia, por no mediar servicios ni salarios por voluntad exclusiva del trabajador.

Reestructuración de Bankia: los tribunales pueden fijar una indemnización por despido improcedente superior a la pactada

El TJUE señala que los términos en los que se habían redactado los compromisos asumidos por España muestran que deben ejecutarse en el marco de la legislación nacional vigente, que establece para el caso de que el despido sea declarado improcedente un importe superior al inicialmente pactado con los sindicatos.

La indemnización por despido de los contratos anteriores a la reforma laboral incluye la antigüedad posterior a febrero de 2012, hasta el tope de 42 mensualidades

17 de marzo de 2015 Jurisprudencia Reforma laboral

Una sentencia del TS parece establecer que la Disp. Trans. 5.ª del RDL 3/2012 no fija un tope para la indemnización por despido improcedente de trabajadores contratados antes del 12 de febrero de 2012, en los 720 de indemnización, sino que esta puede llegar hasta las 42 mensualidades.

El TC avala la constitucionalidad de la indemnización por despido improcedente y de la limitación de los salarios de tramitación introducida por la reforma laboral de 2012

14 de febrero de 2014 Noticias Reforma laboral

El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado, por siete votos contra cuatro, la regulación de las indemnizaciones por despido improcedente y la limitación en el cobro de salarios de tramitación en casos de readmisión, que introdujo la reforma laboral de febrero de 2012.

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